La CNMC adopta nuevas medidas para reducir las garantías de las comercializadoras

Los desorbitados precios que la energía ha alcanzado en estos últimos años, y en especial desde que inició la invasión rusa de Ucrania, han provocado una gran presión financiera sobre las comercializadoras de energía y los consumidores directos.

El contexto incierto y la posible crisis del sector energético de la Unión Europea, entre otros factores, han llevado a la adopción de medidas extraordinarias para asegurar el buen funcionamiento del mercado energético a distinto nivel institucional.

El pasado lunes 26 de septiembre de 2022, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) comunicaba a través de una nota de prensa las medidas adoptadas para aliviar la presión financiera a la que están sometidas las comercializadoras y los consumidores del mercado mayorista.

Esta semana, desde Globalsyde, te contamos todo lo que deberías saber sobre estas nuevas medidas anunciadas.

Contexto de las comercializadoras en España

La subida del precio de la energía a principios de 2021, como puede verse en la imagen, puso en graves dificultades económicas a las comercializadoras de energía españolas, en especial a las comercializadoras independientes, que están soportando una presión crítica debido en especial a márgenes decrecientes, el freno del consumo, la incertidumbre del mercado o el aumento de precios.

Por si fuera poco, este aumento de precios en el mercado supuso un incremento de los costes de garantías exigidas a los agentes comercializadores por la OMIE y REE. Lo que incrementó su dificultad para obtener avales, aumentando a su vez el riesgo de impagos, la dinamización del mercado y poniendo en grave riesgo la propia actividad de las comercializadoras.

Anteriores medidas de la CNMC

Ante este contexto energético tan volátil e incierto, la CNMC modificó a finales de 2021 varios procedimientos para mejorar el funcionamiento del sistema energético en un marco de precios elevados. Estos nuevos mecanismos tenían el objetivo de liberar recursos de las garantías que los agentes debían presentar ante el OMIE por comprar electricidad. Evitando así poner en riesgo la solvencia del mercado, facilitando la detección temprana de problemas y garantizando la cobertura de los costes derivados de posibles reducciones.

Las resoluciones aprobadas en diciembre de DCOOR/DE/013/21 y DCOOR/DE/009/21, aliviaban brevemente las cargas financieras afrontadas por los agentes comercializadores.

En primer lugar, se modificaban las reglas de los mercados diarios e intradiarios, permitiéndose un pago por adelantado para liberar a las comercializadoras de sus obligaciones de pago antes del vencimiento de las facturas. Reduciendo así el importe de las garantías necesarias para operar en el mercado.

En segundo lugar, se garantizaba la cobertura del coste de desvíos por desfase entre compras y consumos, cubriendo también los posibles impagos.

Por último, se abría la posibilidad de adelantar la liquidación con medidas reales de demanda, reduciendo de esta manera la deuda del sistema.

Las nuevas medidas de la CNMC

La crisis energética europea no ha hecho más que intensificar los niveles de inseguridad y la escalada de precios en un sector estratégico como el energético. Desde el Gobierno de España y otros organismos como la Comisión Europea, se han presentado diferentes medidas para hacer frente a la crisis energética del continente. Los ejemplos más actuales son la excepción ibérica y la intervención de emergencia en los mercados energéticos. Sin embargo, todas las medidas planteadas tienen el objetivo de impedir la insuficiencia de suministro eléctrico y el abaratamiento de la factura de la luz. Desde las resoluciones de 2021 de la CNMC, ninguna otra medida se ha planteado para reducir la presión financiera de las comercializadoras.

Problemática

Las medidas adoptadas en 2021 no han sido suficientes para aliviar la presión financiera de las comercializadoras españolas. El constante aumento del precio en el mercado mayorista eléctrico sigue incrementando directamente las garantías exigidas, pues este establece el importe de la liquidación que deben afrontar aquellos que compran en este mercado. Por último, este aumento de costes y garantías continúa dificultando el acceso de las comercializadoras a avales bancarios, suponiendo un riesgo para la actividad del operador y un impacto en la competencia.

Esta situación ha provocado que, tan solo en el primer trimestre de 2022, más de 5 comercializadoras españolas tuvieran que iniciar los procesos de inhabilitación y traspaso de clientes. Los cambios introducidos por la CNMC en 2021 no fueron suficientes para mantener la actividad de comercializadoras independientes como Elektron, Helioelec Energía Eléctrica o Kipin Energy. Además, los elevados precios también han provocado que, con el objetivo de mantener su actividad, varias comercializadoras y consumidores directos incumpliesen sus obligaciones de prestación de garantías ante Red Eléctrica, operador del sistema.

La nueva resolución de DCOOR/DE/009/21 de la CNMC del pasado 26 de septiembre de 2022 se suma a las medidas adoptadas en el último año, con un objetivo claro: Ajustar el cálculo de las garantías para reducir la presión financiera a las que las comercializadoras se ven sometidas por las garantías exigidas para hacer frente ante sus obligaciones con el OMIE y REE.

Medidas

A la modificación de las reglas de los mercados diarios e intradiarios, la garantía de la cobertura del coste de desvíos por desfase y la posibilidad de adelantar la liquidación aprobadas en diciembre de 2021, se le suman nuevas medidas complementarias para poder reducir la presión financiera.

En primer lugar, la resolución publicada en el BOE modifica el cálculo de la energía mensual consumida por unidad de programación a los efectos del cálculo de la garantía de operación intramensual. La modificación radica en la utilización de la información de consumo más actualizada disponible en cada momento, en ambos casos, para calcular los valores. Se utilizarán las medidas horarias disponibles mensuales para el que se pide la garantía intramensual de los puntos de suministro cuya medida se recibe durante el mes en curso.

Esto evitaría solicitar el requerimiento simultáneo de garantías con una finalidad o cómputo semejante. En concreto, determinadas garantías de seguimiento diario siempre que las comercializadoras atiendan al requerimiento mensual.

En segundo lugar, se elimina provisionalmente la garantía de operación adicional mensual del cálculo de seguimiento diario. Esta medida se iniciará una vez entren en vigor los procedimientos aprobados por la Resolución del 8 de agosto de 2022 de la Secretaría de Estado de Energía.

Estas propuestas, ya aprobadas, han tenido el trámite respectivo de consulta pública por parte tanto de Red Eléctrica como de la CNMC, y ha sido remitida para comentarios a la Dirección Nacional de Política Energética y Minas.

Para finalizar, la Comisión Europea el próximo 4 de octubre de 2022 estudiará más medidas para continuar facilitando el acceso a los mercados de derivados a las empresas, ya que la Autoridad Europea de Mercados y Competencia (ESMA) ya ha alertado del riesgo de contagio de la crisis energética al sector financiero.

Sin duda, es necesario adoptar medidas para garantizar la viabilidad del mercado energético en España, tendremos que esperar para comprobar si esta última resolución será efectiva para reducir las garantías que deben asumir las comercializadoras y si resultará suficiente para aliviar a las comercializadoras independientes y garantizar su competencia.

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