Excepción Ibérica: tope al precio del gas para reducir la factura de la electricidad

Excepción ibérica

La Península Ibérica está apenas interconectada eléctricamente al resto del continente europeo. Este aislamiento que se da a varios niveles, tanto en relación al porcentaje de electricidad generada a partir de gas natural, que es menor que en el conjunto de la UE, como en el origen de este gas. Estas circunstancias hacen que los mecanismos de fijación de precios, establecidos a nivel europeo, que no tienen en cuenta esta particularidad, penalizan el precio de la electricidad en España y Portugal.

Estas condiciones comunes, tanto para España como para Portugal, han desembocado en una propuesta conjunta de ambos países a Bruselas, con el objetivo de poder controlar el precio del gas en el mercado energético de la península: la llamada excepción ibérica.

Nuevo Real Decreto-Ley que regula la excepción ibérica

El pasado sábado 14 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, aprobado el día anterior en un Consejo de Ministros extraordinario, referente a la excepción ibérica con el objetivo de fijar un precio máximo del gas y la electricidad en el mercado mayorista.

 

La excepción ibérica topa el precio del gas

La excepción ibérica propone comenzar este precio máximo en 40 euros/MWh. Dicho importe se incrementará cinco euros cada mes hasta finalizar con un precio de 70 euros/MWh. Según el Gobierno, esta medida permitirá rebajar el precio de la luz en el mercado mayorista hasta un 30%.

En cuanto a plazos, el nuevo sistema de fijación de precios comienza en 40 euros/MWh durante los primeros seis meses de la implementación de la medida. Una vez transcurrido ese plazo de tiempo, se aumentará el precio máximo en 5 euros cada mes, terminando en un máximo de 70 euros/MWh. Esta fijación de precios tendrá un plazo máximo de 12 meses, no siendo posible prorrogarlo más allá del 31 de mayo de 2023.

Según el ejecutivo, la excepción ibérica habrá logrado un precio medio del gas de 48,8 euros a lo largo de estos 12 meses, reduciendo la factura de la luz en torno a un 30%.

Objetivos de la excepción ibérica

La medida ayudará a contener el aumento de precios, la inflación y ejercerá a modo de cortafuegos ante la volatilidad de los precios del gas derivada de la guerra en Ucrania. También facilitará la reforma de la tarifa regulada, incorporando referencias de precios de los mercados de futuros.

Una vez entre en vigor, el Gobierno cree que la medida supondrá una mejora tanto para los consumidores que tengan contratos con precios variables, como para los que tengan contratos con precios fijos. En el caso de los contratos PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), que hoy en día tienen el 37% de los consumidores domésticos y el 70% de los industriales, verán una mejora inmediata. Para aquellos que tengan contratos con precios fijos, lo percibirán si los renuevan o los cambian durante el año de vigencia del mecanismo. Únicamente los consumidores con contratos a precios fijos a largo plazo que venzan después del año de aplicación de la medida no se verán afectados por esta.

Otro de los objetivos y consecuencias de este acuerdo, es que se espera que se produzca un aumento de las exportaciones de electricidad de España, sobre todo a Francia. Se incorporan rentas de congestión entre España y Francia para minorar el coste del ajuste y para ello se ha habilitado una vía excepcional para poder hacer un uso de dichas interconexiones.

Entrada en vigor

Tras su aprobación, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, señaló que una vez entrada en vigor la medida habrá que esperar a que la Comisión Europea de Bruselas adopte formalmente el respaldo a la norma. Esto podría retrasarse dos semanas, por lo que la medida no será aplicable hasta, al menos, finales de mayo.

El mecanismo de excepción ibérica contempla un periodo de adaptación de 12 días para los operadores energéticos, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el BOE el 14 de mayo. Este tiempo se destinará a recabar la información necesaria sobre las coberturas de las comercializadoras. También para que los operadores del mercado (OMIE) y del sistema (REE) adapten sus sistemas a un mecanismo que conlleva una reducción de los ingresos extra de las compañías eléctricas.

Si transcurridos los 12 días del periodo de adaptación Bruselas ya hubiera aprobado la medida, ésta ya entraría en vigor, mientras que, en caso de llegar más tarde la luz verde de la Comisión, el mecanismo entraría en funcionamiento una vez llegara.

Modificación del PVPC

En octubre de 2021, alrededor del 60% de los consumidores eléctricos disponían de un contrato de suministro a precio fijo. Esto les permitió mantener los precios acordados hasta la fecha de revisión de sus contratos. Por el contrario, un 40% de los consumidores con contratos PVPC, habrían experimentado un incremento del precio del 45% en 2021. Más de 229 euros con respecto a 2020 para un consumidor medio.

El Real Decreto-Ley también incluye el mandato de modificar la metodología de cálculo del PVPC. Esta modificación incorporará referencias basadas en una cesta de productos a plazo (anuales, trimestrales y mensuales) y del mercado diario e intradiario, de tal forma que la nueva fórmula de fijación PVPC pueda aplicarse a principios de 2023.

De este modo se combina la estabilidad con incentivos para la eficiencia energética, el almacenamiento y la gestión de la demanda.

La intención del Ministerio es que el PVPC tenga una mayor relación de contratos a largo plazo con el llamado Recore (renovables y cogeneración), para lo que necesita del orden de 27 TWh en un plazo de tres años.

Los mecanismos aprobados se suman a las actuaciones en el ámbito nacional e internacional que el Gobierno ha puesto en marcha al comienzo del incremento del precio de la energía impulsado por el encarecimiento del gas. Entre estas medidas destaca la minoración de gas, aprobada en septiembre para revertir parte de los beneficios extraordinarios obtenidos por las empresas. Se reforzó en marzo para que se aplique también sobre la energía contratada a plazo a precio fijo con un precio de cobertura superior a los 67 euros/MWh. En el caso de coberturas entre sociedades de un mismo grupo empresarial se tendrá en cuenta el precio final comercializado.

El papel de las eléctricas en la excepción ibérica

Las compañías eléctricas deberán aportar al Ministerio la información detallada de sus contratos “retail”. Es decir, los contratos reales que pagan los consumidores, no los que firma con la comercializadora, una vez entre en vigor la medida. Esto tiene como objetivo controlar que el volumen de beneficios de las compañías eléctricas sea pagado por los consumidores.

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley las comercializadoras contarán con un plazo de cinco días para informar sobre su demanda del mercado, junto a qué parte tiene a coberturas o contratos fijos.

Posteriormente, habrá otro plazo de siete días para que el operador del mercado y del sistema ponga en práctica los procedimientos y los sistemas para la aplicación del mecanismo.

Sólo los productores eléctricos que utilizan gas cobrarán el precio de gas del mercado. El precio de la electricidad resultante tras aplicar el mecanismo dependerá, principalmente, del precio del gas en el Mercado Ibérico del Gas (MibGas) y del precio del CO2, considerando 96 €/MWh para el gas y 80 €/t para el CO2. El mecanismo dejará el precio medio del pool en menos de 130 €/MWh durante los 12 meses, frente a los más de 210 €/MWh actuales. De este modo, la única electricidad que los consumidores pagarán a coste de gas será la producida con centrales de gas.

Las centrales térmicas de gas, los ciclos combinados, seguirán cobrando lo necesario para garantizar el suministro eléctrico. Este coste se repercutirá únicamente sobre los consumidores beneficiados por la medida en cada momento, y siempre será menor que el ahorro final proporcionado por ella.

Adicionalmente, la rebaja de los precios del pool recortará los beneficios extraordinarios que están obteniendo las empresas generadoras de electricidad debido al escenario actual.

Por último, se establecerá un régimen sancionador para evitar acciones contrarias al correcto cumplimiento y comportamiento de todos los agentes del mercado, siendo estas infracciones señaladas y penalizadas en caso de incumplimiento como “infracción muy grave”.

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