Cómo presentar el informe REMIT correctamente de forma rápida y sencilla

Informe REMIT

En este post os explicaremos cómo pueden cumplir las comercializadoras energéticas de gas y/o electricidad con el Reglamento REMIT de forma eficaz, rápida y sencilla. Pero antes, exponemos cuáles son los orígenes y el porqué de esta regulación vigente en toda la Unión Europea.

¿Qué es el Reglamento REMIT?

El reglamento REMIT tiene sus orígenes en el año 2011, cuando el Parlamento Europeo fijó un nuevo marco regulador mediante el que se establecen una serie de normas para prohibir las prácticas abusivas que afectan a los mercados mayoristas de la energía. Este escenario legal viene recogido en el Reglamento (UE) Nº 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (REGLAMENTOS REMIT). Su cumplimiento es obligatorio para el conjunto de empresas comercializadoras de gas natural y electricidad, tanto de contado como a plazo, con liquidación física o financiera, en todos los Estados Miembros de la Unión Europea.

¿Cuál es la finalidad del Reglamento REMIT?

Su objetivo es supervisar la integridad y transparencia de los mercados mayoristas de gas natural y electricidad. Además, supone una norma fundamental para que las operaciones ejecutadas por los participantes en dichos mercados se hagan sin prácticas abusivas, fundamentalmente la manipulación y el uso de información privilegiada.

Prevención de “prácticas abusivas”

REMIT establece una serie de obligaciones y funciones tanto para reguladores energéticos como para los participantes en el mercado y otras autoridades financieras y de competencia.

En concreto, a través de REMIT se establecen una serie de obligaciones y prohibiciones respecto a:

  • La realización de operaciones con información privilegiada (artículo 3).
  • La manipulación o tentativa de manipulación del mercado (artículo 5).
  • La obligación de publicar información privilegiada (artículo 4).

Según el artículo 2.1 de REMIT, se entiende por información privilegiada a “la información de carácter concreto, que no se haya hecho pública, y que se refiere directa o indirectamente a uno o varios productos energéticos al por mayor, y que, de hacerse pública, podría afectar de manera apreciable a los precios de dichos productos energéticos al por mayor.”

Por lo tanto, los participantes en el mercado estarán obligados a difundir la información privilegiada en su poder:

  • sobre empresas e instalaciones que ellos mismos, o su empresa matriz o conexa, posean o dirijan.
  • sobre las que dichos participantes o empresas tengan responsabilidades operativas, ya sea total o parcialmente.
  • de manera efectiva y oportuna.

Asimismo, REMIT establece un marco normativo específico para la supervisión del mercado mayorista de la energía, impulsando la coordinación entre la Agencia para la Cooperación de los Reguladores Energéticos (ACER) y las autoridades reguladoras nacionales para la realización de esta función de supervisión. Además, los participantes deberán notificar, tanto a ACER como a la entidad reguladora nacional competente, cuando apliquen las exenciones recogidas en el artículo 3.4.b y en el artículo 4.2.

Por razones de fiabilidad operativa, la Agencia considera necesario y adecuado que la notificación de los registros de operaciones, incluidas las órdenes de negociación, se realice a través de los Mecanismos de Reporte Registrados (RRMs). Los RRM de terceros son los mercados organizados, los sistemas de casación de operaciones y de notificación de operaciones, incluidos los registros de operaciones, así como las ENTSO (Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Electricidad) para la notificación de datos fundamentales.

¿Qué dificultades suelen tener las comercializadoras en la elaboración del informe REMIT?

Puede resultar tedioso para las comercializadoras cumplir con el reglamento, convirtiendo el cumplimiento obligatorio en un proceso lleno de trabas, ineficiente y costoso.

Os explicamos algunas de estas dificultades a las que se enfrentan las comercializadoras:

Contar con un proceso manual de gestión de la información

Recopilar la información sin una plataforma que te permita automatizar el proceso y mantener la información actualizada supondrá un esfuerzo extra para los responsables de recopilar, ordenar y volcar la información en los documentos oficiales que marca el reglamento.

Al ser un proceso manual, se corre el riesgo de que la información no esté completa, no se presente a tiempo, o presente algún defecto en la forma o en el contenido.

Mayor probabilidad de errores

El proceso manual de recopilación, presentación y notificación de las informaciones a las autoridades reguladoras, o contar con un sistema poco fiable, hace que aumente la probabilidad de cometer errores.

Estas deficiencias se ven reducidas si las compañías que operan en el mercado mayorista de la energía implantan un proceso de digitalización de la información. Contar con una solución digital de gestión del negocio energético simplifica el proceso de actualización de la información y facilita la comunicación con los portales de las entidades reguladoras a los que se debe remitir el contenido.

Costes de tiempo

Además, atender de forma manual este proceso de recopilación y envío de la información, o simplemente hacerlo con una herramienta obsoleta o desactualizada, implica que los tiempos se dilaten. Mientras se aborda esta acción, el personal dedicado deja de atender otras tareas, y esa inactividad acarrea un coste del tiempo que deberá asumir la compañía.

Globaleris – solución para participantes en el mercado mayorista de la energía

Todo ello hace recomendable contar con un proceso automatizado y eficiente a través de un software como Globaleris, que optimice los procesos de adaptación a la normativa vigente en el mercado energético.

Globaleris es un software de gestión del negocio energético que simplifica el proceso con la automatización de la generación y presentación del informe REMIT con el mayor detalle posible en tiempo y forma, de manera efectiva y oportuna. Así, las comercializadoras pueden resolver de forma sencilla, fiable y eficiente el cumplimiento normativo de REMIT.

En el siguiente vídeo puedes ver cómo realizar con Globaleris el envío automático del fichero de reporte REMIT Table 2 (transacciones de contratos no estándar), en apenas 30 segundos y con total fiabilidad.

 

El sistema gestiona el envío de informes REMIT de manera semiautomática, en solo unos pocos clics. La herramienta dispone de un Módulo de Informes Regulatorios desde el que podrás generar los principales ficheros de reporte solicitados REMIT:

  • Remit Table 1: Transacciones con contratos estándar de energía.
  • Remit Table 2: Transacciones con contratos no estándar de energía.
  • Remit LNG Planned: Planificación de actividad en infraestructuras LNG.
  • Remit LNG Activity: Reporte de actividad realizada en infraestructuras LNG.
  • Remit Storage: Reporte de actividad en infraestructuras de almacenamiento.

Accediendo a la pestaña correspondiente a cada informe podrás visualizar las transacciones realizadas en el período de tiempo que elijas. Dispones de períodos preconfigurados (últimos 7 días, este mes, etc.) o puedes personalizar el período según tus necesidades.

Para generar el informe correspondiente no tienes más que seleccionar las transacciones a incluir en el fichero de reporte y pulsar [ENVIAR].

Globaleris permite el envío directo a los Mecanismos de Reporte Registrado (RRM). Para ello puedes elegir el RRM través del cual deseas realizar el reporte final a ACER y pulsar de nuevo [ENVIAR]. El sistema comprueba la respuesta del RRM y, si la operación tiene éxito, muestra el resultado del envío y permite descargar el fichero manualmente. Este mecanismo de descarga también te permite, si lo prefieres, hacer el registro manual en los portales habilitados del RRM.

Si quieres saber más acerca de Globaleris y cómo nuestra plataforma puede ayudarte en la gestión de tu comercializadora, contacta con nosotros en el 666 443 759 o pide una demo sin compromiso aquí.

¿Dónde encontrar más información sobre el Reglamento REMIT?

Tanto en la web de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) como en la de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) puedes encontrar más información relacionada con REMIT, junto con los documentos oficiales sobre los procesos de tratamiento y envío de la información solicitada.

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