La UE alcanza un acuerdo sobre la reforma del mercado eléctrico
A comienzos de 2023, la Comisión Europea dio a conocer su propuesta para modernizar el sector eléctrico de la Unión Europea en la era de las energías renovables. Su objetivo principal era reducir los costos energéticos, prevenir fluctuaciones extremas y aumentar la competitividad en la carrera tecnológica mundial hacia una economía libre de emisiones de carbono.
Después de meses de intensas negociaciones y algunos obstáculos, los ministros de Energía de los 27 países miembros de la Unión Europea finalmente llegaron a un acuerdo sobre la reforma del mercado eléctrico europeo el martes 17 de octubre de 2023.
Os compartimos a continuación los aspectos más destacados del acuerdo que ha podido examinar Globalsyde:
Propuesta inicial de la reforma
Según la Presidencia española del Consejo de la UE, la propuesta inicial de la reforma tenía como objetivo principal alcanzar que un 70% de la energía eléctrica en Europa provenga de fuentes renovables para el año 2030, en contraste con el 22,3% de solar y eólica en 2022, además de un 21,9% de energía nuclear, un 10,2% de hidroeléctrica, un 19,9% de gas, un 15,9% de carbón y un 5,9% de bioenergía.
Generación de electricidad septiembre 2023, España. Fuente: REE.
Según el primer borrador de la Comisión Europea, el objetivo de la Comisión Europea era dar mayor protagonismo a las energías renovables en la composición eléctrica, reduciendo la dependencia de la energía de gas. Esto se lograría a través de acuerdos a largo plazo entre productores y consumidores, garantizando la rentabilidad y estimulando la inversión en fuentes sostenibles, al tiempo que contribuiría a la estabilidad y reducción de precios.
La propuesta mantenía el sistema de precios marginalistas en el mercado intradía, donde la tecnología más costosa, generalmente el gas, establece el precio para otras formas de generación. No obstante, se promovía la disminución de la dependencia de este mercado volátil, permitiendo, en la práctica, separar el precio del gas del precio de la electricidad.
Contratos a largo plazo
Para lograr estos objetivos, la Comisión propuso impulsar los contratos a largo plazo de suministro energético mediante dos fórmulas poco utilizadas hasta ese momento: los Acuerdos de Compra de Energía y los Contratos por Diferencia.
En primer lugar, la propuesta incluyó incentivos para promover la celebración de contratos de compraventa entre actores del sector privado, donde empresas industriales y compañías de energía acordarían el suministro de energía durante un período determinado a un precio previamente establecido.
También se introducirían los llamados contratos por diferencia bilaterales en todas las subastas estatales que involucrasen generadores de electricidad que utilizan tecnologías renovables y que previamente han recibido apoyo financiero público para sus inversiones.
El Estado y las compañías de energía acordarían un precio específico para asegurar un flujo de ingresos. Si el precio de mercado resulta ser inferior al precio acordado, las autoridades públicas compensarán a la empresa de energía por la diferencia. Por otro lado, si el precio de mercado es superior al precio acordado, la compañía deberá transferir la diferencia a las arcas públicas.
Estos contratos no solo beneficiarían a las inversiones en energía solar y eólica, sino que también abarcaban la tecnología nuclear. Esto incluye tanto la expansión de las centrales nucleares existentes como la construcción de nuevas instalaciones, atendiendo así a la principal demanda de Francia, uno de los principales defensores de la energía nuclear en la Unión Europea.
El almacenamiento
Bruselas también tenía la intención de simplificar los esquemas relacionados con la capacidad de almacenamiento, permitiendo que, durante los momentos de mayor consumo energético, se pudiera generar electricidad a partir de fuentes fósiles o utilizar la energía almacenada en el sistema.
Además, se buscaba establecer mecanismos de reducción de la demanda, en los que se compensaría a grandes consumidores, como plantas industriales, a cambio de interrumpir su suministro durante los picos de demanda.
En relación a este tema, España presentó un documento de trabajo en el contexto de la reforma. Muchos de los aspectos contenidos en dicho documento se incluyeron en la propuesta de la Comisión. Este documento también contemplaba la posibilidad de fijar un precio constante para la electricidad generada por instalaciones nucleares o hidroeléctricas que ya habían amortizado sus costos de inversión.
Sin embargo, fuentes de la comunidad europea señalaron que la idea de establecer un precio fijo para la electricidad generada por estas instalaciones ya amortizadas no se incluyó en la propuesta. La razón detrás de esta decisión fue el temor a que un sistema retroactivo que modificara las condiciones de precio previamente acordadas enviaría una señal negativa a los inversores.
Resolución de conflictos y acuerdo sobre la reforma
El acuerdo sobre la reforma se logró gracias al compromiso de la Comisión de supervisar rigurosamente las ayudas públicas otorgadas a las instalaciones existentes. Esto tenía como objetivo asegurar la igualdad de trato entre los Estados miembros, prevenir la sobrecompensación que podría beneficiar a las centrales nucleares existentes y distorsionar la competencia, además de proteger el mercado interior.
Este acuerdo representa un enfoque mínimo que se centra en promover los contratos a largo plazo. Está lejos de los cambios radicales que habían sido propuestos por España y Francia, y se alinea más con las modificaciones limitadas que defendían países como Alemania, Holanda y los países nórdicos. La reforma aún debe ser negociada y acordada con el Parlamento Europeo, que tiene un papel de colegislador en este asunto. La presidencia española tiene como objetivo finalizar este proceso antes de que termine el año.
Es importante destacar que el acuerdo no modifica el sistema actual de fijación de precios marginalista, en el cual la tecnología más costosa necesaria para satisfacer la demanda, como el gas en la actualidad, determina el precio para todas las demás tecnologías de generación, incluyendo las renovables y la nuclear, cuyos costos son significativamente más bajos.
Contratos CdF
La solución aprobada por los Veintisiete, según el comunicado de prensa de la CE, implica la complementación del sistema actual con nuevos incentivos destinados a los contratos a largo plazo con proveedores de energías renovables y nucleares. Este enfoque tiene como propósito disminuir el impacto de los combustibles fósiles en las facturas de electricidad y garantizar que el menor costo de las energías renovables se traduzca en beneficio para los consumidores finales, según lo sostenido por la Comisión Europea.
En lo que respecta a las ayudas públicas destinadas a la inversión en energías renovables o nucleares, la reforma establece la obligación de utilizar contratos por diferencias en el caso de nuevas instalaciones. Además, se autoriza esta opción para plantas ya existentes, aunque con ciertas restricciones. Estos contratos solo podrán aplicarse a instalaciones nucleares que hayan sido objeto de inversiones para extender su vida útil y aumentar su capacidad de producción, siguiendo un criterio similar al empleado en la taxonomía que otorga la etiqueta verde a las inversiones nucleares con estas características.
Se trata de un acuerdo firmado entre un productor de electricidad y el Estado que establece un precio previamente acordado, generalmente a través de una subasta, durante toda la duración de la inversión. Posteriormente, el productor vende la energía en el mercado, y si el precio en el mercado supera el precio establecido en el contrato por diferencias, el excedente queda en manos del Estado. Los Estados miembros contarán con flexibilidad en el uso de estos ingresos, aunque el objetivo es que contribuyan a reducir los costos de la electricidad. Por el contrario, si el precio de mercado es inferior al del contrato, el Estado deberá compensar a la empresa.
Contratos PPA
Por otro lado, para las inversiones en energías renovables que prescinden de ayudas públicas, la reforma tiene como objetivo promover una modalidad diferente de contratos a largo plazo, conocidos como «contratos de compra de energía«. Estos contratos son suscritos entre productores de energía y empresas. Los Estados miembros deberán fomentar la utilización de estos contratos, eliminando obstáculos injustificados y facilitando sistemas de garantía, ya sean privados o respaldados por el Estado, a precios de mercado.
Mecanismos de capacidad
Los mecanismos de capacidad son medidas de apoyo que los Estados miembros pueden implementar para remunerar a las centrales eléctricas y así asegurar la seguridad en el suministro de electricidad a medio y largo plazo. El Consejo ha decidido eliminar la naturaleza temporal de estas medidas.
Además, según la Comisión Europea, el Consejo ha establecido una excepción a las normas existentes relacionadas con los límites de emisiones de CO2 para permitir que los generadores reciban apoyo a través de los mecanismos de capacidad. Sin embargo, esto se realizará bajo condiciones estrictas y solo será válido hasta el 31 de diciembre de 2028.
Los Estados miembros también han coincidido en la necesidad de simplificar los procedimientos de aprobación de los mecanismos de capacidad. En este sentido, el Consejo ha propuesto cambios destinados a simplificar el procedimiento dentro del marco actual de los mecanismos de capacidad. Asimismo, ha solicitado a la Comisión que elabore un informe detallado que evalúe otras posibilidades de simplificar el proceso de implementación de estos mecanismos. Este informe sería seguido por propuestas para simplificar el proceso, las cuales se presentarían tres meses después de la entrada en vigor del Reglamento.
Protección a los consumidores
Además de impulsar los contratos a largo plazo, la reforma refuerza los derechos de los consumidores en el mercado eléctrico. Las compañías eléctricas tendrán la obligación de ofrecer contratos a precio fijo a sus clientes, y los Estados miembros deberán proteger a los consumidores vulnerables que enfrentan pagos atrasados, evitando su desconexión.
El acuerdo también establece el derecho de los particulares a compartir la energía que generen, por ejemplo, a través de la instalación de paneles solares, con otros particulares, como sus vecinos.
Declaración de crisis energética
En cuanto a los cambios en el mercado eléctrico, el comunicado oficial sobre la reforma establece las condiciones bajo las cuales la Unión Europea puede declarar una crisis energética. Esto ocurrirá cuando se prevea que los precios mayoristas de la electricidad se mantienen excepcionalmente altos durante al menos seis meses y que los aumentos sustanciales en los precios minoristas de la electricidad perduren al menos durante tres meses, de acuerdo con las intenciones de los 27 países miembros.
La reforma también introduce la posibilidad de aplicar precios regulados, incluso por debajo del costo, a las pequeñas y medianas empresas (PYME) durante períodos de crisis. Cabe destacar que estos precios regulados ya se pueden aplicar a los hogares en situación de pobreza energética y a los consumidores vulnerables, y se consideran una medida transitoria para hogares y microempresas, independientemente de si existe o no una crisis en los precios de la electricidad.
Este acuerdo representa un paso en el proceso de reforma, pero no es un acuerdo definitivo. La propuesta de reforma aún debe ser presentada formalmente ante el Parlamento Europeo para su revisión y aprobación. Se prevé que este proceso se lleve a cabo hacia finales de 2023, cuando se alcance un consenso final sobre los detalles de la reforma del mercado eléctrico de la Unión Europea.
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